Está por discutirse en la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación un proyecto de sentencia que podría prohibir la instalación de símbolos religiosos en espacios públicos, con el argumento de que violan la libertad religiosa, la laicidad del Estado y el principio de igualdad y no discriminación.
Esto a partir de un amparo contra un municipio yucateco que instaló un Nacimiento a propósito de la época navideña.
De ser aprobada, esta sentencia podría convertirse en un precedente que podría prohibir, por ejemplo, la colocación de altares a la Virgen de Guadalupe en los mercados públicos, sitios de taxis o estaciones de bomberos, los rosarios que cuelgan en los vehículos del transporte público o la instalación de ofrendas de Día de Muertos en edificios gubernamentales.
Habría que ver qué autoridad se va a atrever a aplicar tales preceptos.
Incluso, siguiendo al pie de la letra la interpretación que se está proponiendo en la Corte, hipotéticamente podría también prohibirse el verso del himno nacional que hace alusión al “dedo de Dios”, que sea asueto el día de Navidad o el Viernes Santo, o las monedas que reproducen símbolos religiosos prehispánicos.
La libertad religiosa es el derecho fundamental de las personas de tener o no creencias religiosas y poderlas profesar y practicar tanto en público como en privado.
La laicidad implica que un Estado, para garantizar la libertad religiosa de sus ciudadanos, respeta las diferentes formas de creer y de pensar y no impone una creencia o una ideología. Ahora bien, la neutralidad religiosa del Estado no implica el desconocimiento de las tradiciones históricas y culturales de la sociedad
México, como muchos otros países occidentales, tiene una historia y una cultura vinculadas al cristianismo.
De ahí se derivan tradiciones que, en ningún caso, suponen una persecución o discriminación contra los fieles de otras religiones o los no creyentes.
Lo mismo ocurre en otros países y con otras creencias. El hecho religioso ha estado presente siempre en la historia de la humanidad, tal y como la antropología y la arqueología lo acreditan.
Hay una deformación de la laicidad que es el laicismo agresivo que pretende erradicar cualquier expresión religiosa de la sociedad.
Este tipo de laicismo no es neutral, ya que adopta el concepto del mundo y del bien de los ateos y los agnósticos y, en consecuencia, no trata en un esquema de igualdad a los ciudadanos que profesan alguna religión, a quienes abiertamente discrimina.
Por este camino parece ir el proyecto que habrá de votarse próximamente en la Suprema Corte, el cual atenta contra la libertad religiosa a la que dice proteger, y cae en un laicismo trasnochado que nada aporta en estos momentos a la convivencia nacional.
Está por discutirse en la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación un proyecto de sentencia que podría prohibir la instalación de símbolos religiosos en espacios públicos, con el argumento de que violan la libertad religiosa, la laicidad del Estado y el principio de igualdad y no discriminación.
Esto a partir de un amparo contra un municipio yucateco que instaló un Nacimiento a propósito de la época navideña.
De ser aprobada, esta sentencia podría convertirse en un precedente que podría prohibir, por ejemplo, la colocación de altares a la Virgen de Guadalupe en los mercados públicos, sitios de taxis o estaciones de bomberos, los rosarios que cuelgan en los vehículos del transporte público o la instalación de ofrendas de Día de Muertos en edificios gubernamentales.
Habría que ver qué autoridad se va a atrever a aplicar tales preceptos.
Incluso, siguiendo al pie de la letra la interpretación que se está proponiendo en la Corte, hipotéticamente podría también prohibirse el verso del himno nacional que hace alusión al “dedo de Dios”, que sea asueto el día de Navidad o el Viernes Santo, o las monedas que reproducen símbolos religiosos prehispánicos.
La libertad religiosa es el derecho fundamental de las personas de tener o no creencias religiosas y poderlas profesar y practicar tanto en público como en privado.
La laicidad implica que un Estado, para garantizar la libertad religiosa de sus ciudadanos, respeta las diferentes formas de creer y de pensar y no impone una creencia o una ideología. Ahora bien, la neutralidad religiosa del Estado no implica el desconocimiento de las tradiciones históricas y culturales de la sociedad.
México, como muchos otros países occidentales, tiene una historia y una cultura vinculadas al cristianismo.
De ahí se derivan tradiciones que, en ningún caso, suponen una persecución o discriminación contra los fieles de otras religiones o los no creyentes.
Lo mismo ocurre en otros países y con otras creencias. El hecho religioso ha estado presente siempre en la historia de la humanidad, tal y como la antropología y la arqueología lo acreditan.
Hay una deformación de la laicidad que es el laicismo agresivo que pretende erradicar cualquier expresión religiosa de la sociedad.
Este tipo de laicismo no es neutral, ya que adopta el concepto del mundo y del bien de los ateos y los agnósticos y, en consecuencia, no trata en un esquema de igualdad a los ciudadanos que profesan alguna religión, a quienes abiertamente discrimina.
Por este camino parece ir el proyecto que habrá de votarse próximamente en la Suprema Corte, el cual atenta contra la libertad religiosa a la que dice proteger, y cae en un laicismo trasnochado que nada aporta en estos momentos a la convivencia nacional.